Seguro de Auto Comercial: Autobuses

 

Brinda cobertura a autobuses cuyo uso primario sea el transporte de escolares.

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Programa de Autobuses

Diseñado para brindar cobertura a autobuses cuyo uso primario sea el Transporte de Escolares. En adición se ofrece cobertura a autobuses utilizados de forma incidental para conducir a los escolares a actividades especiales. Este programa se rige por los requerimientos del Departamento de Educación. 

Estos programas incluyen importantes cubiertas básicas:

  • Responsabilidad Pública

    Cubre daños corporales y daños a la propiedad causados por actos negligentes por los que tú o tus empleados sean legalmente responsables.

  • Daños Físicos

    Cubre los daños directos a tus vehículos a consecuencia de choques, robo, vandalismo, inundación, etc.

Las condiciones generales de cualquier seguro se dirigen a detallar los términos de las cubiertas y su contenido.

  • El Seguro de Autobús está diseñado para proteger a las unidades cuyo uso primordial sea el transporte de estudiantes. Además, se ofrece cubierta a aquellos vehículos que se usen de forma incidental para el transporte durante actividades especiales. 

  • Este seguro cubre los daños físicos al autobús asegurado. También cubre las cantidades que el asegurado pueda ser obligado a pagar, por daños y lesiones a terceros, como consecuencia de un accidente durante el uso del vehículo. Ambas cubiertas tienen que ser seleccionadas para que apliquen.
  • Todas las reclamaciones pueden ser reportadas a través del servicio telefónico Centro de Contacto MAPFRE, donde se le asignará un número de referencia y un ajustador. Se establecerá una cita con el día y la hora en la sucursal más cercana, a fin de evitar demoras en atender su reclamación.

Este seguro incluye una serie de requisitos y restricciones que deben ser estudiados por el cliente antes de la contratación. Es importante tener en cuenta estos aspectos para elegir la póliza que mejor se adapte a tus necesidades y a las de tu vehículo. 

  • El vehículo asegurado ha de ser un vehículo terrestre de motor, “trailer” o semi remolque diseñado para el recorrido en la vía pública, o cualquier otro vehículo de tierra que esté sujeto a una ley de responsabilidad obligatoria, financiera u otra ley de seguro de vehículo de motor.

  • Se consideran como asegurados las personas o empresas que aparezcan designadas como tal en las disposiciones de cada cobertura. 

El seguro presenta las siguientes restricciones:

  • No proporcionamos cubierta por daños y/o lesiones causadas intencionadamente por los asegurados.

  • La póliza no proporciona cubierta por daños causados por guerra, revolución o rebelión.
  • La póliza no proporciona cubierta por daños causados al vehículo por radiación nuclear o contaminación radioactiva.
  • Quedan excluidos de la cubierta de daños al vehículo los desperfectos causados por desgaste, congelación o avería mecánica o eléctrica. 
  • Quedan excluidos de la cubierta de responsabilidad los daños que se produzcan por el uso del vehículo en la preparación o en la participación en carreras de velocidad, eventos de demolición o escenas peligrosas. 
  • No proporcionamos cubierta para daños a la propiedad de terceros o por contaminación, que involucren propiedad en posesión o transportada por el asegurado o en su cuidado, custodia o control.

    MAPFRE recomienda a sus clientes, con el fin de poder acceder a los beneficios de todas las garantías de la póliza, tener en cuenta una serie de aspectos relevantes antes y después de la contratación de la póliza.

    Recomendaciones para la contratación de tu Seguro de Autobuses:

    • Lee detenidamente todas las disposiciones especiales y cláusulas de cada cobertura.

    Recomendaciones para beneficiarse de las coberturas de tu seguro de autobuses:

    • La póliza quedará anulada en caso de fraude en la información facilitada en los formularios de solicitud o a la hora de presentar una reclamación.

    • En caso de siniestro, es imprescindible que el asegurado o su representante se pongan en contacto con nosotros a la mayor brevedad posible y nos informe de los pormenores del mismo.
    • En caso de accidente, es imprescindible que el asegurado ponga todos los medios a su alcance para que no se produzcan daños mayores.
    • En caso de accidente, es indispensable que el asegurado nos envíe cualquier demanda, orden o notificación que reciba concerniente al mismo.
    • En caso de demanda, el asegurado deberá cooperar con nosotros en la investigación y establecimiento de la misma.
    • No deberá incurrir en ningún compromiso relacionado a la demanda sin antes solicitar nuestro consentimiento, ya que no asumiremos los compromisos que realice.
    • Deberá autorizarnos, en caso de ser necesario, a obtener informes médicos relacionados con el siniestro.
    • El territorio de cobertura consiste en Los Estados Unidos de América; sus territorios y posesiones; Puerto Rico; Canadá.

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